El Consejo de Ministros aprobó el 13 de octubre una concesión directa de 6.461.407,79 euros para financiar las acciones incluidas en los planes anuales de 2026 de los Centros de Referencia Nacional de Formación Profesional. La ayuda se dirige a las administraciones y entidades públicas titulares de esos centros. No es una convocatoria para que una persona desempleada, un estudiante o una empresa solicite fondos para un curso. Las entidades titulares recibirán el dinero, deberán transferirlo a los centros y responder de su justificación.

La referencia del acuerdo fija tres datos prácticos: diez días para presentar la solicitud desde la entrada en vigor del real decreto, doce meses para ejecutar las actuaciones desde la publicación de la resolución de concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y una financiación total con cargo a los presupuestos ministeriales de 2026 y 2027. El reparto por entidad y por centro no figuraba en el BOE del 14 de octubre, su última edición publicada al consultar la norma. El detalle territorial y la fecha exacta de apertura dependen de la publicación del texto legal.

Qué trabajo se financia en los centros de referencia

Los Centros de Referencia Nacional son centros públicos especializados en familias profesionales y sectores productivos. Su función no se limita a impartir cursos. El marco que los regula les asigna tareas de observación de los cambios en cada sector, colaboración para actualizar estándares de competencia y currículos, experimentación de nuevas acciones formativas y cooperación con empresas, organizaciones y otros centros.

Cada centro concreta su actividad en un plan de trabajo anual. El real decreto aprobado destina los fondos de 2026 a las actuaciones que recojan esos planes. Por eso, la subvención tiene un destino determinado. La cantidad no equivale a una partida de libre uso para cualquier gasto de la administración titular ni constituye una ayuda directa al alumnado. El valor práctico para cada sector dependerá de qué acciones se hayan aprobado en el plan de su centro: pueden estar relacionadas con formación, actualización profesional, innovación o colaboración con empresas, siempre dentro de las funciones de la red y de las condiciones que establezca la norma definitiva.

La fórmula de concesión también importa. El Consejo autoriza subvenciones directas y no una convocatoria competitiva abierta a cualquier solicitante. La justificación que acompaña a la aprobación invoca el carácter excepcional de estas actividades y su interés público. La red tiene alcance estatal, pero cada centro trabaja en un ámbito profesional concreto y su titularidad puede corresponder a una comunidad autónoma o a la Administración General del Estado.

Quién solicita el dinero y quién debe justificarlo

Las beneficiarias previstas son las comunidades autónomas con competencias en Formación Profesional y los organismos o entidades públicas estatales o autonómicos que sean titulares de los Centros de Referencia Nacional. Esas entidades son las que reciben la totalidad de los fondos de cada subvención. Después deben transferirlos al centro correspondiente para que gestione las actuaciones de su plan anual.

La responsabilidad formal no recae en la persona que participa en un curso ni se desplaza por completo al equipo del centro. La entidad titular presenta la solicitud y responde de la justificación del dinero recibido. Esta distinción permite saber a quién afecta el plazo de diez días: a la administración u organismo titular que figure como beneficiario, no al conjunto de potenciales estudiantes, empresas o personas trabajadoras que puedan beneficiarse de las actividades.

El encaje de cada centro depende de su titularidad y de su plan anual. Un centro que colabore con otras entidades no convierte automáticamente a todas ellas en beneficiarias de esta subvención. La referencia del Consejo señala que los fondos se trasladan al centro para su gestión, mientras la entidad pública titular conserva la responsabilidad de justificarlos.

Dos plazos distintos y una publicación pendiente

El calendario tiene dos puntos de partida que conviene separar. La solicitud deberá presentarse en los diez días siguientes a la entrada en vigor del real decreto. La fecha del Consejo de Ministros, 13 de octubre, no inicia por sí sola ese plazo. Para calcularlo hay que comprobar la publicación y la fecha de entrada en vigor que recoja el texto oficial.

La ejecución de las acciones durará doce meses desde la publicación de la resolución de concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. No empieza necesariamente el mismo día que se publique el real decreto. El acuerdo prevé que los créditos procedan de los ejercicios 2026 y 2027, pero no concreta en su referencia cuánto se imputará a cada año ni cuándo se realizarán los pagos.

El real decreto aprobado no aparecía en el BOE del 14 de octubre. Esa ausencia impide contrastar todavía el texto jurídico y cualquier anexo de importes por beneficiario. La norma publicada será la que permita confirmar la redacción definitiva, la entrada en vigor y los requisitos que debe cumplir cada solicitud. La referencia del Consejo anticipa el marco general, pero no sustituye al texto que abrirá el procedimiento.

El reparto de 2026 no se puede calcular por centro

Los 6.461.407,79 euros son el importe total de las subvenciones, no una cantidad asignada por igual entre territorios o centros. La información disponible identifica qué tipos de entidades pueden recibirlas y explica que cada una trasladará los fondos al centro de su titularidad. No ofrece una tabla con importes individuales ni un listado de cuánto correspondería a cada plan.

Tampoco es posible dividir el total entre los centros de la red para obtener una media orientativa. Cada plan anual contiene actuaciones propias y la cifra final por beneficiario puede depender del alcance aprobado. Hasta que se publique el real decreto y, después, la resolución de concesión, una estimación por comunidad o por centro sería una suposición.

El antecedente de 2025 muestra por qué hace falta consultar ese desglose. En aquella edición, la Región de Murcia recibió 808.025 euros: 538.025 euros se destinaron a los centros de Ganadería de Lorca y Conservas Vegetales de Molina de Segura, y 270.000 euros al centro de Química de Cartagena, gestionado por el Servicio Regional de Empleo y Formación. Cadena SER Murcia informó de ese reparto el 16 de septiembre de 2025. Es una referencia del ejercicio anterior, no una previsión para 2026.

El total aprobado para 2026 es 946.416 euros inferior a los 7.407.823,79 euros del plan de trabajo de 2025. La comparación describe únicamente las dos cantidades globales. No demuestra una reducción igual para cada entidad ni permite saber qué centros recibirán más o menos este año, porque el reparto de 2026 aún no está publicado.

La subvención de los CRN no es la de los centros de excelencia

En la misma reunión del 13 de octubre, el Consejo autorizó por separado límites de gasto para convocatorias destinadas a crear y mantener centros de la Red Estatal de Centros de Excelencia de Formación Profesional, con un total previsto de 22 millones de euros entre 2026 y 2027. Esa autorización no corresponde a los 6,46 millones para los CRN.

Son redes con funciones relacionadas, pero tienen procedimientos y destinatarios distintos. La ayuda de los Centros de Referencia Nacional financia actuaciones en planes anuales de centros ya reconocidos y se concede directamente a sus entidades titulares. La cantidad de 22 millones habilita futuras convocatorias para creación y mantenimiento de centros de excelencia. Mezclar los dos anuncios inflaría el importe de esta subvención y confundiría qué centros pueden recibirla.

Qué debe comprobar cada entidad titular

La cifra aprobada permite conocer el tamaño global del apoyo, pero no basta para presentar una solicitud. Cada entidad tendrá que identificar el real decreto en el BOE, confirmar que aparece como titular de un CRN beneficiario, revisar qué actuaciones de su plan anual se financian y calcular el plazo a partir de la entrada en vigor. También deberá seguir la publicación de la resolución en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que marca el comienzo de los doce meses de ejecución.

La asignación concreta se hará visible cuando estén publicados el texto legal y las resoluciones de concesión. Hasta entonces, el acuerdo confirma el marco de la ayuda y su cuantía total. La distribución por centro, los importes individuales y la fecha límite efectiva siguen pendientes de esa documentación.