El Real Decreto 815/2026, publicado el 9 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula una subvención directa de 100.000 euros para la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. La ayuda se destina a colaborar en actividades de divulgación y protección ocular durante el Trío de Eclipses de 2026, 2027 y 2028. La norma entra en vigor el 10 de octubre de 2026, y el procedimiento requiere que la entidad presente documentación y que la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades dicte la resolución de concesión.

La novedad es financiera y administrativa. El real decreto no establece una convocatoria abierta para que distintas organizaciones pidan fondos, ni publica una nueva guía de observación: identifica a Fundación ONCE como beneficiaria de la concesión directa y fija las reglas para tramitar, gastar y justificar la subvención. El Gobierno fundamenta esta vía en razones de interés público y social, conforme al artículo 22.2.c de la Ley General de Subvenciones.

Un convenio anterior sin aportación de dinero

La nueva norma llega después de un convenio firmado el 27 de julio de 2026 por la Secretaría de Estado, la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) y el Grupo Social ONCE, publicado en el BOE el 10 de agosto de 2026. Ese acuerdo fijó un marco de colaboración para prevenir riesgos oculares y hacer accesibles las actividades divulgativas de los tres eclipses. Entre los compromisos del Grupo Social ONCE figuraban aportar dos millones de gafas certificadas; repartir gratuitamente 1,7 millones a través de su red de puntos de venta; adaptar materiales, promover guías y campañas, organizar actividades en centros educativos y emitir tres cupones. FECYT asumía la distribución gratuita de otras 300.000 gafas en centros científicos y la preparación de materiales accesibles. Las dos distribuciones gratuitas previstas suman 2 millones de gafas.

El propio convenio señalaba, sin embargo, que no generaba aportaciones dinerarias entre las partes: el coste de las actuaciones se atendería con sus recursos materiales y personales. El decreto, publicado el 9 de octubre de 2026, incorpora un instrumento distinto: una subvención de 100.000 euros a Fundación ONCE. No reemplaza las recomendaciones de seguridad ni detalla otra entrega de gafas o una nueva campaña con unidades y destinatarios concretos. Para las actividades que compartan finalidad, la entidad deberá comunicar las demás fuentes de financiación y justificar importes y procedencia; la suma de recursos no puede superar el coste total de la actividad.

La diferencia importa para no confundir el acuerdo de colaboración con la ayuda económica. El convenio distribuyó tareas entre tres partes y describió compromisos concretos de divulgación y acceso; el decreto dota una subvención individual y establece cómo se aprobará y controlará su uso. La resolución de concesión deberá concretar la actividad que se realizará, su calendario, el presupuesto de gastos, la cuantía finalmente concedida, la forma de pago y el régimen de justificación.

Qué cubre la subvención y cuándo

El importe fijado es de 100.000 euros, con cargo al presupuesto del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Los gastos subvencionables pueden incluir gastos corrientes de personal y de bienes y servicios, además de determinados bienes inmateriales de carácter reiterado que no sean amortizables ni estén directamente relacionados con inversiones. El real decreto admite también el coste de la auditoría de cuentas necesaria para justificar la subvención, hasta un máximo de 2.000 euros.

La entidad tiene quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la entrada en vigor, el 11 de octubre de 2026, para presentar por vía electrónica la aceptación formal, una declaración responsable sobre reintegros y prohibiciones y un presupuesto detallado. Si deniega que la Administración compruebe telemáticamente sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tendrá que aportar los certificados. La Secretaría de Estado resolverá la concesión tras revisar la documentación. El plazo máximo para notificar esa resolución es de seis meses desde el día siguiente a la entrada en vigor, el 11 de octubre de 2026.

El calendario de ejecución aprobado por el decreto va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, aunque el programa general abarca eclipses hasta enero de 2028. Por tanto, la norma no permite dar por sentado que esta subvención financie por sí misma actividades de 2027 o 2028: el periodo y las acciones concretas deben figurar en la resolución. La previsión de pago es un único anticipo mediante transferencia, condicionado a la firma de la resolución y a la acreditación de los requisitos fiscales y de reintegro. No se exige garantía para hacerlo efectivo.

La justificación tendrá que presentarse antes del 31 de marzo de 2027. Incluirá una memoria de actuación con las actividades y resultados, una memoria económica con los gastos y otros ingresos, y el informe de auditoría. Si quedan fondos sin aplicar o no se acredita el cumplimiento, el texto contempla el reintegro de las cantidades correspondientes. Cualquier comunicación de una actividad sufragada total o parcialmente con la ayuda deberá mostrar de forma visible la imagen institucional del Ministerio.

El BOE concreta, así, una ayuda económica adicional en el marco de una colaboración previa. La publicación no acredita que el dinero se haya transferido ni que las actividades financiadas estén completadas: ambas cosas dependen de la resolución, de los requisitos previos al pago y de la ejecución que la Fundación ONCE deberá justificar.