
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado un proyecto de orden para ampliar el cribado poblacional de cáncer de mama a las mujeres de 45 a 74 años. La propuesta incorpora dos grupos, de 45 a 49 y de 70 a 74 años, a la franja común actual, que comprende de 50 a 69. La mamografía seguirá siendo la prueba prevista.
El cambio no se aplicará de inmediato. A 27 de octubre de 2026, la medida está en un proyecto de orden aprobado por el Consejo Interterritorial, pero la norma todavía debe entrar en vigor. Después, la incorporación será gradual y dependerá de la planificación de cada territorio y de sus recursos.
Qué grupos se añadirían al programa común
La cartera común del Sistema Nacional de Salud fija actualmente el cribado poblacional de mama entre los 50 y los 69 años, con mamografías cada dos años. El proyecto aprobado extiende ese intervalo por ambos extremos. Añade a las mujeres de 45 a 49 años y a las de 70 a 74 años, sin cambiar la técnica de detección descrita en la orden.
La propuesta distingue entre ampliar la edad prevista y desplegar el programa. Que la franja común llegue a abarcar de 45 a 74 años no significa que todas las mujeres de esos grupos reciban una invitación al mismo tiempo. El propio calendario permite una implantación progresiva y escalonada por edades, por lo que las fechas concretas dependerán de cómo cada administración organice los cambios.
La actualización se plantea para el conjunto del Sistema Nacional de Salud. El texto aprobado incluye a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, en coordinación con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y las mutualidades de funcionarios. No se limita a un proyecto local ni a una única comunidad.
Los plazos empiezan cuando entre en vigor la orden
El calendario oficial tiene dos referencias que conviene leer desde su punto de partida: la entrada en vigor de la futura orden. En los tres años siguientes, todas las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deberán haber iniciado la modificación de sus programas, en coordinación con INGESA y las mutualidades de funcionarios.
Ese primer hito exige haber comenzado los cambios, no haber alcanzado ya a todas las mujeres de los nuevos grupos. El plazo de seis años para alcanzar una cobertura cercana a la totalidad equivale al doble de los tres años previstos para iniciar las modificaciones. Para entonces, la cobertura, entendida en este proyecto como la invitación a participar, deberá acercarse a la totalidad de los nuevos grupos de edad.
La palabra cobertura tiene aquí un sentido concreto. El objetivo citado se refiere a las invitaciones que el programa debe ofrecer, no a que todas las personas invitadas acudan o completen una prueba. El anuncio del Ministerio no presenta ese porcentaje como un resultado observado, sino como la meta prevista una vez que la orden esté vigente y el despliegue haya avanzado.
Como la norma aún no ha entrado en vigor, los plazos de tres y seis años no deben contarse desde el anuncio del 23 de octubre ni desde la aprobación del Consejo Interterritorial. La fecha de inicio será la que corresponda cuando la disposición entre en vigor. Hasta entonces, el anuncio permite conocer el calendario previsto, pero no calcular una fecha final exacta.
El intervalo podrá cambiar durante la implantación
La periodicidad final prevista para los nuevos grupos es de dos años entre mamografías, el intervalo general descrito para el programa. Sin embargo, el proyecto permite comenzar con intervalos de tres años mientras se incorpora a esas edades. Una vez completada la implantación, ese intervalo pasaría a ser de dos años.
La posibilidad de empezar de forma escalonada también afecta al orden en que se incorporen las edades. El proyecto permite que la expansión avance por grupos etarios, y añade que la planificación se ajustará a la disponibilidad de recursos de cada territorio. Por ello, el despliegue no tiene por qué producirse de forma idéntica ni simultánea en todos los servicios de salud.
Estas condiciones explican por qué la aprobación estatal no equivale a una citación inmediata para todas las mujeres de 45 a 74 años. El proyecto fija un marco común, unos grupos que se añadirían y unos plazos máximos de implantación. La organización práctica corresponde después a las administraciones sanitarias que prestan el servicio y a los organismos coordinados que menciona la norma.
Qué puede esperar ahora una usuaria
Por ahora, la información publicada por Sanidad describe un proyecto aprobado y su calendario, pero no ofrece una fecha de entrada en vigor ni un calendario individual de citas por comunidad autónoma. Tampoco concreta cuándo se enviará la primera invitación a cada cohorte. Esos detalles dependerán de la tramitación de la orden y de los planes de despliegue posteriores.
Para interpretar la novedad sin adelantar etapas, conviene separar tres momentos: la aprobación del proyecto por el Consejo Interterritorial, la futura entrada en vigor de la orden y la implantación progresiva de cada programa. Solo después de que se cumplan los pasos normativos y organizativos podrá concretarse cómo se incorporarán los nuevos grupos en cada territorio.
El cambio anunciado amplía el rango común de edad y mantiene la mamografía como prueba. La propuesta plantea que la invitación alcance de forma gradual a los grupos de 45 a 49 y de 70 a 74 años, con el objetivo de invitar a participar a prácticamente todas las mujeres de los nuevos grupos en los seis años siguientes a la entrada en vigor. Hasta que se publique y empiece a aplicarse la orden, el calendario sigue siendo una previsión normativa, no un programa ya desplegado en todo el país.